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Pensión de Sobrevivientes

 
 

"La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha reiterado que la pensión de sobrevivientes, anteriormente conocida como sustitución pensional, es una prestación social fundada en los principios de solidaridad y universalidad de la seguridad social, que busca garantizar a los familiares de la persona afiliada fallecida, una estabilidad económica suficiente para asegurar su subsistencia en condiciones dignas, máxime cuando dicha prestación, es la única fuente de ingresos de sus beneficiarios, que tiene por fin evitar una situación de desamparo..." Ir a Sentencia

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